Alegaciones energia mini central Rioseco (16/06/2021)

Consejeria de Industria, Empleo y Promoción Economica

Servicio de Energías Renovables

Expediente  RIPRE-75

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 11760 sección primera con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Con motivo del anuncio de la autorizacion de la instalación de producción de energía eléctrica. Expte. RIPRE-75, en el embalse de Rioseco en el concejo de Sobrescobio.

Proyecto

 Se trata de una central hidroeléctrica de pie de presa, de 3.458 kW de potencia instalada, con un caudal máximo de derivación de 20 m³/s, obtenido a partir del caudal liberado por el embalse de Rioseco, en el río Nalón. Se situará entre el aliviadero de la presa y el estribo de la margen derecha, ocupando el recinto ya previsto en el proyecto inicial de la presa, aguas abajo del muro de la misma y aguas arriba del inicio del túnel de derivación a la antigua piscifactoría.  La evacuación de energía se realizará mediante cable subterráneo de 24 kV hasta la torre situada junto a la presa.

-Antecedentes.

Esta obra, prevista desde 1971, lleva con trámites administrativos más de una década. Desde el año 2008 la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies lleva presentando alegaciones a este proyecto. Los problemas ambientales que veíamos entonces persisten en el actual proyecto: imposibilidad de remonte de salmónidos y caudales ecológicos que no se han tenido en cuenta en la actualización del proyecto.

Impactos.

Resulta sorprendente que se reitere que el proyecto no implicara afecciones directas sobre el rió, sus orillas y los espacios naturales de su entorno.

Hay que recordar que la instalación se encuentra dentro de la Reserva de la Biosfera Redes, IBA Sierras Centrales de la Cordillera Cantábrica, ZEC – ZEPA Redes y Parque Natural de Redes. Nos preocupa la falta de continuidad ecológica del río Nalón debido a la presencia de la presa, con el impacto negativo sobre la biodiversidad que esto genera y que este proyecto no subsana.

– Falta de remontes.

La obra proyectada en este embalse persigue únicamente un aprovechamiento energético pero no plantea ninguna solución al problema actual de imposibilidad de remonte del embalse por parte de la fauna fluvial presente en la cuenca.

La ausencia de infraestructuras que permitan a la fauna acuática remontar el río desde la base de la presa hasta las aguas del embalse supone una solución de continuidad insalvable para las especies piscícolas.

Deberían de habilitarse las infraestructuras adecuadas para solucionar este problema y dar así continuidad ecológica al ecosistema fluvial del río Nalón.

 

– Caudal ecológico.

Desde hace años venimos reclamando desde la Coordinadora Ecoloxista el mantenimiento de “caudales ecológicos” en aquellos ríos sometidos a algún tipo de explotación comercial. Deben procurarse unos caudales ambientales que  proporcionen unas condiciones de hábitat adecuadas para las diferentes comunidades biológicas propias de los ecosistemas acuáticos y de los ecosistemas terrestres asociados, además de ofrecer un patrón temporal de caudales adecuado al régimen natural de los mismos.

Para que un caudal sea considerado ecológico se exige que sea superior al 15% del caudal medio anual en régimen natural, distribuido mensualmente, salvo en aquellas situaciones en las que se haya aplicado algún estudio específico.

 

-Impacto de las obras.

Las obras deberían realizarse en la época del año  en que se ocasione la menor mortandad o afección a las  especies piscícolas y a la micro fauna del bentos.

Durante las obras no se deberían  liberar sedimentos a las aguas que  provoquen su turbidez y contaminación y, en todo caso, debería hacerse un estudio previo sobre la posible toxicidad de los sedimentos que podrían verse liberados durante la obra.

Debe evitarse igualmente la merma sustancial de agua en el tramo afectado por las mismas, debiendo mantenerse un caudal circulante suficiente para no afectar a las poblaciones citadas.

 

Seguimiento y control.

Es fundamental un seguimiento a lo largo de todo el periodo de funcionamiento.

Es necesario el control del efecto barrera de la actual embalse sobre las especies piscícolas migrantes.

 

Por todo ello SOLICITAMOS que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene, que se presentan en tiempo y forma, que sean estimadas las mismas y que se modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica y, teniéndome por parte interesada, nos den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

En Avilés a 16 de junio del 2021

 

Firmado digitalmente por Fructuoso Pontigo Concha en representación de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies