Cantera Praducos (28/10/16)

Dirección General de Minas y Energía

Expediente  15/A/03/27.

Plaza de España nº1-4º

33007            Oviedo

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies, con domicilio a efecto de notificaciones postales en la calle Padre Teral nº 26 – Q de Villalegre, en Avilés y con el correo electrónico correo@coordinadoraecoloxista.org, entidad inscrita en el registro de Asociaciones del Principado de Asturias con el nº 34 sección segunda con CIF – G33247891 y, en su representación, Fructuoso Pontigo Concha, con DNI 11393200-N, ante esta Unidad Administrativa comparece y, como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

 

Que a medio de este escrito, dentro del plazo de treinta días concedido al efecto por el escrito del sometimiento a consultas del estudio de impacto ambiental de la industria extractiva de los Praducos tipo A en el concejo de Valdés que quiere desarrollar la mercantil Minerales Industriales del Cantábrico SL. publicado en el Bopa del pasado 26 de septiembre del 2016, venimos a formular las siguientes alegaciones. 

 

ANTECEDENTES.-

Se trata de una actividad propuesta sobre una superficie a explotar de 159.200  metros cuadrados entre Almuña y Barcia, en las proximidades de la localidad de  Aldin de la que dicen que quedara a 265 metros de distancia una de las fases, de la que antes era titular la empresa Stella Explortacion –Development Sl, de la que se pretende extraer  2.831.000 toneladas de arcillas mediante la realización de 7 bancos de 8 metros de altura máxima y con un ancho de 12 metros.

En la memoria presentada del proyecto no se detallan datos fundamentales para poder orientar sobre él contenido del estudio definitivo (afección a la población,  obras para los accesos,  etc.), lo que imposibilita la valoración de afecciones del proyecto y por tanto  los principios de participación, transparencia y acceso a la información en materia de medio ambiente plasmados, entre otras, en la Ley 27/2006, de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública (Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE) que tiene esta asociación.

 

Es preciso un análisis con las alternativas posibles de la extracción del recurso por otros sistemas de explotación que técnicamente pudieran ser útiles y posibles, si los hubiera a aplicar. El método que finalmente se siga para esa extracción, deberá garantizar la seguridad e integridad física de las propiedades y personas próximas a esa zona. No es suficiente trasladar que la única opción es la explotación a cielo abierto sin detallar las diferentes formas de explotar el recurso y sus diferentes afecciones.

 

Se pretende  obtener 2 fracciones  diferenciados de acuerdo al estudio, las mas arcillosas que serían el 80% del producto y las mas arenosas que serían el 20%, habría que saber cuál es el destino de ambas. Pero cuando menos resulta sorprendente que este material se anuncie por parte de los propietarios de los terrenos su venta a China a través de la exportación por el Puerto de Avilés, cuando se trata de una explotación tipo A según el proyecto.

La SECCIÓN A) se refiere a: 

·         Los recursos minerales de escaso valor económico y comercialización geográficamente restringida.

Es precio clarificar que comercialización se van obtener con las arcillas blancas a obtener para poder determinar impactos asociados como el transporte.

 

MARCO LEGAL.

No entendemos cómo es que la Dirección General de Minas y Energía

está tramitando este proyecto minero cuando reiteradamente el Ayuntamiento les ha informado de la incompatibilidad urbanística del suelo afectados en sendos informes de la  arquitecta municipal diciendo en ambos informes que el suelo afectado es suelo no urbanizable de interés agrario, que resulta incompatible con la actividad minera.

 

-Además el actual PGOU vigente y refrendado por la Cuota publicado en el Bopa del 28/10/2015  en el artículo 398.1 prohíbe esta actividad  porque dice:

 

1. Se prohíbe el desarrollo de cualquier tipo de actividad extractiva de las Secciones A, C y D de las definidas en la Ley de Minas en aquellos casos en que la distancia entre el perímetro de la explotación y el punto más cercano en este Plan sea inferior a 1.000 m. Dicho umbral se reducirá a 500 m cuando se trate de entidades de población habitadas pero no delimitadas como Núcleo Rural.

 

 IMPACTO A LA ATMÓSFERA.

-Esta actividad tiene una clara afección sobre la calidad del aire, mas teniendo en cuenta como reconoce el estudio que hay en Barcia numerosas viviendas dispersas que van estar cerca de la explotación.

 

– Resulta extraño que se indique  que “queda casi garantizada la inexistencia de emisión de partículas pulverulentas por el grado de cohesión y tamaño de las partículas de arcilla, que las hace intransportables por efecto del viento” y se contradice después en las medidas preventivas donde dice en la misma pagina “Riego de frentes y pistas, principalmente en periodos de sequía, para evitar emisiones de polvo.” Se va generar o no polvo, porque la información es claramente contradictoria en el mismo estudio presentado.

 

– Las zonas de tránsito de vehículos se acondicionarán a fin de evitar las emisiones difusas de polvo, se dotarán de firmes adecuados y se establecerán sistemas de riego.

– Nada se dice como se van almacenar los materiales extraídos y los  estériles,  se realizará preferentemente este almacenamiento dentro del hueco generado por la industria extractiva o en zonas acondicionadas al efecto. En todo caso se evitará a formación de estructuras lineales. En lo posible se adaptarán a la morfología del suelo preexistente.  

– No es suficiente decir que “ La actividad extractiva no supone añadir ruidos mayores" a los existentes en el entorno debido a la existencia contigua de la Autovia A8”. Por esa proximidad y para salvaguardar la salud de los colindantes es preciso un estudio de modelización acústica, para acreditar que los niveles de emisión de ruido derivados del régimen de funcionamiento continuo de la actividad se limitarán de manera tal que los niveles de inmisión en el límite de la zona minera se ajuste a las previsiones del Decreto 99/85, del Principado de Asturias. En todo caso se cumplirán los valores límite de inmisión aplicables a infraestructuras y actividades, así como los objetivos de calidad acústica para áreas urbanizadas existentes que se señalan en el R.D. 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

–  Para minimizar los riesgos derivados por la generación de vibraciones, se adoptarán los criterios de prevención de daños definidos en la Norma UNE-22-381-93 para estructuras de grupo II y III.

– Las medidas y dispositivos previstos en la maquinaria, con el fin de disminuir al máximo los niveles de ruido generados por estos (revisiones, engrases, empleo de silenciadores, etc.), deberán recogerse en unas fichas de mantenimiento que llevará cada máquina de las que trabajen en la industria extractiva y que controlará el responsable de la maquinaria. En ellas figurarán las revisiones y las fechas en que éstas se han llevado a cabo en el taller.

 

 IMPACTO SOBRE LA AGUAS.

-Hay que recordar que en Barcía el nivel freático esta a 4 metros de profundidad, en este proyecto se habla de profundizar 24, no vemos un estudio hidrogeológico adecuado para valorar el impacto sobre el agua subterránea de la zona, si puede afectar o no a los actuales abastecimientos de las poblaciones cercanas.

– Sorprende que se diga que por la naturaleza arcillosa de la zona, no es posible la contaminación de acuíferos, sin aportar prueba alguna de esta afirmación. Con carácter preventivo se establecerá un programa de control y seguimiento del sistema hidrológico de la zona, en especial del sistema de aguas subterráneas, tendente a la protección de los acuíferos y fuentes existentes en el entorno.

– Las aguas interiores de la explotación serán tratadas con carácter previo a su incorporación a los sistemas de escorrentía natural de la zona, mediante la decantación en balsas impermeabilizadas de tamaño adecuadas para atender el volumen de agua de la explotación, nunca menos de 2 conectadas entre si, que permitan el uso independiente, cuando una se limpie de las decantaciones, la otra se pueda usar. No es una alternativa el fondo de la explotación con posterior bombeo como se propone en el estudio.

 La opción propuesta de un tanque de decantación de 60 m3, no parece suficiente al tener una capacidad teórica de decantar solo el 70%  de los sólidos, claramente insuficiente para la explotación.

– A fin de evitar la intrusión de contaminantes en los acuíferos subyacentes, los vertidos líquidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria de la explotación se realizaran en una zona preparada e impermeabilizada,  serán recogidos y enviados a los centros de tratamiento autorizados lo que no se detalla.

-Las aguas fecales que se originen en los vestuarios tiene que ser tratados de forma adecuada y con un sistema que garantice el mantenimiento lo que no se detalla.

 

IMPACTO SOBRE EL SUELO.

 

– Los residuos peligrosos se depositaran en una construcción impermeabilizada resguardada hasta que se lleven a gestores autorizados cosa lo que no se detalla.

– Los depósitos de combustibles y sustancias oleaginosas, se almacenaran en superficie impermeabilizadas resguardadas y donde haya un cubeto de seguridad para evitar desparrames en caso de fugas cosa lo que no se detalla.

IMPACTO SOBRE  EL ENTORNO NATURAL.

 

La explotación es contigua al Paisaje Protegido de la Costa Occidental Asturiana, de acuerdo al Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de

Asturias (PORNA).

 

– La ejecución de las obras proyectadas y la explotación minera supone la realización de una serie de acciones que afectan negativamente a la fauna existente en su entorno., por lo que es preciso un inventario de especies susceptibles de sufrir en el ámbito definido en el estudio de impacto ambiental del proyecto, así como las medidas propuestas para reducir estas afecciones, teniendo en especial consideración las especies protegidas que viven en la zona o en sus proximidades. Es necesario  que se lleven a cabo muestreos específicos en la zona de afección del proyecto, realizados por profesionales con experiencia en ese campo y en la época adecuada para poder llegar a conclusiones válidas. No es suficiente que se nos diga un listado de animales posibles, pero no se cite de donde sale esa presencia, si de la observación en los trabajos de campo, o de un repaso de la bibliografía de fauna de la zona.

 

– Dado que en las proximidades de la zona afectada puede haber  varias especies de quirópteros, sería necesario evaluar de manera específica el impacto de esta instalación sobre este grupo taxonómico que se ve muy afectado por estas explotaciones.

 

– El  tráfico de  50 camiones al día tal como está previsto va ser alto y provocando el atropello de fauna local, entre esta el Ciervo volante, escarabajo protegido por la Unión Europea, no vemos que medidas se van a tomar para reducir ese impacto.

 

– Como medida preventiva,  se evitará la libre circulación de los animales entre la zona de explotación y las parcelas colindantes, colocando un cierre perimetral de malla cinegética sobre soportes de madera con una altura no inferior a 1,50 m. en la totalidad de la explotación y no solo en la parte colindante a los caminos públicos como propone el estudio.

 

 

IMPACTO SOBRE EL PAISAJE.

-La explotación va ser contigua a la Autovia del Cantábrico por lo que precisa atenuar su visibilidad desde esta vía de circulación.      Las  modificaciones morfológicas por  la explotación  provocará la aparición de formas artificiales a modo de huecos que impactarán sobre el medio circundante.  La cuenca visual de la explotación es amplia por lo que es preciso un proyecto de aminoración de este impacto que no parece suficiente con la propuesta de la empresa.

 

-Los procedimientos de estudio de impacto –evaluación de impacto ambiental (EIA) y evaluación ambiental estratégica (EAE) –, previstos por la Unión Europea para evaluar las consecuencias de los proyectos de ordenación sobre el medio ambiente, son instrumentos enormemente útiles para estudiar los efectos directos e indirectos de los proyectos sobre los lugares y para precisar las medidas proyectadas para evitar o reducir estos efectos, en caso necesario. Estos procedimientos pueden ser utilizados igualmente en Estados que no sean miembros de la Unión Europea. No obstante, la experiencia existente muestra la frecuente insuficiencia de las modalidades de análisis y evaluación de la dimensión paisajística, que a menudo es considerada como tema sectorial adscrito a los componentes ambientales (aire, agua, suelo), tratado en muchos casos mediante indicadores cuantitativos. Por tanto, es necesaria una verdadera evaluación cualitativa de los efectos de los proyectos de ordenación sobre el paisaje.

– Con el fin de minimizar los impactos paisajísticos  se realizará un apantallamiento perimetral de la explotación que estará implantado, antes del inicio de las labores de explotación,  el perímetro de la industria extractiva deberá complementarse con un espacio verde de transición entre ésta y los espacios limítrofes no alterados, que se realizará mediante la implantación pradera y la plantación de especies vegetales autóctonas de porte arbóreo  con una densidad mínima de 600 pies por hectárea. La misma solución se adoptará para los espacios degradados por vertido incontrolado de materiales existentes en el entorno de la industria extractiva. Los apantallamientos arbóreos se adaptarán a la morfología del terreno y tendrán una configuración lo más naturalizada posible, especialmente en la zona visible se dispondrán, al menos, con tres hileras de árboles autóctonos colocados al tresbolillo, no como quieren con un árbol cada 5 metros.

IMPACTO SOBRE EL TRÁFICO

– La salida de vehículos desde el área de explotación a las carreteras de uso público se realizará previo paso por un sistema de limpieza de vehículos y sus neumáticos para evitar el actual polvo de la vía, que la hace extremadamente peligrosa para la circulación de los vehículos. Tal como se prevé en el proyecto, pero del que no se dice nada de donde va proceder las aguas que se usen.

-Estamos hablando de un tráfico continuo de 50 camiones de los que no se detalla su impacto, nada se dice  a donde van ir esos camiones y donde se va llevara esa arcilla para poder valorar el impacto de esos tráficos, es fundamental saber cuál es el destino, para poder valorar el itinerario de los vehículos diarios, como va llegar y como van a salir que vías van a usar.

 

IMPACTO SOBRE EL MEDIO SOCIOECONOMICO.

-Hay que recordar que la empresa que va explotar el recurso no tiene actividad alguna, por lo que no tiene capacidad económica para garantizar la recuperación y restauración de la zona una vez finalizada la explotación de forma total o parcial prevista, es preciso garantizar la solvencia de esta para cubrir estas acciones en su totalidad en caso de no ejecutarse por la mercantil de forma suficiente.

-Nos parece una valoración muy optimista  del empleo que generara cuando el resultado real son la creación de 4 empleos  reales (no son empleos los 3 comerciales, el directivo y el administrativo de la sociedad que suman a estos 4).

-Debería estimarse que impacto económico negativo van a tener las viviendas y propiedades cercanas a la explotación minera, en vista de otros casos donde se ha producido una depreciación importante en las proximidades de estas, que aquí no se cuantifican.

 

RESTAURACIÓN

-La empresa propone como alternativa una vez finalizada la explotación convertir la zona degrada con 24 metros de profundidad en un lago, lo que les resulta más barato que restaurar el lugar, el presupuesto de restauración es de solo 45.000 euros. Barcia no es ni Guadalajara ni Tineo, tiene el mar al lado, no parece necesario buscar sucedáneos para pescar o dar un paseo en barca.

-Lo más sorprendente es que diga que fue la Parroquia de Barcia la dueña de los terrenos la que propuso esta solución de un lago, no consta ninguna acta donde así se haya acordado. Ni se dice de donde van a venir las aguas para mantener el lago, ni se aporte el informe perceptivo del organismo de Cuenca que es la Confederación Hidrográfica del Cantábrico que debería autorizar este desvió de los caudales y debería presentarse el estudio de autorización de una nueva masa de agua.

 

ACEPTACIÓN SOCIAL DEL PROYECTO.

-Es perceptivo realizar el  trámite de aceptación social del proyecto, que resulta imprescindible de acuerdo con lo establecido en el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus (Dinamarca) el 25 de junio de 1998, y ratificado por España el 15 de diciembre de 2004.

 

Para ello deberán realizarse sondeos en los colectivos afectados vecinos cercanos. Se recomienda el diseño de un procedimiento que facilite las consultas a los afectados sobre los posibles problemas  generados por la instalación proyectada, lo que no se ha hecho.

 

Y por lo expuesto,

 

SOLICITA  que tenga por presentado este escrito y por formuladas las alegaciones que contiene que se presentan en tiempo y forma, sean estimadas las mismas y modifique en el sentido argumentado el proyecto sometido a consulta, adecuándose a la obligada motivación prevista en la regulación procedimental que es específica, y teniéndome por parte interesada, nos  den traslado de la resolución que recaiga en el presente procedimiento administrativo.

 

OTRO SÍ DICE: Que es preciso una respuesta razonada a estas alegaciones de acuerdo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Esta falta de respuesta es motivo de nulidad de la tramitación.

 

En Avilés a 28 de octubre de 2016

 

 

 

 

Fdo: Fructuoso Pontigo Concha  de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies