Los lodos contaminados de los Puertos no se pueden verter en un prao (01/03/17)

NOTA DE PRENSA

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha recordado a la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente que no se permiten atajos en la gestión de los lodos contaminados de los puertos previsto a dragar de Bustio y Llanes que va realizar el Principado.

El Principado justificaba el retraso en los dragados en algunos puertos de la red autonómica por el problema de la contaminación de los lodos de esos puertos.

 En días posteriores a estas noticias salieron  alcaldes anunciando que están buscando praos adecuados para los vertidos de dichos lodos contaminados.

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados,  diferencia la consideración de sedimentos  peligrosos y no peligrosos, pero también dice que la totalidad del material a dragar correspondiente a un determinado proyecto que, de acuerdo con el artículo 23 tuviera la consideración de sedimento no peligroso, deberá ser clasificado en una o más categorías de las que se establecen en el presente artículo en función de la concentración de contaminantes que presenten y/o de los efectos tóxicos que pudieran producir sobre la biota marina.

En vista de que se reconoce que puedan ser peligrosos los lodos, de acuerdo a las Directrices para la caracterización del material dragado y su reubicación en aguas del dominio público marítimo-terrestre del año 2015 del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que dicen;

Para aquellos materiales que, superando para algún contaminante el nivel establecido en la tabla 2 del artículo 23, fueran considerados sedimentos no peligrosos o residuos no peligrosos de acuerdo con el artículo 23, su reubicación en el DPMT será posible únicamente mediante su almacenamiento en recintos específicamente construidos para el almacenamiento de productos contaminados, con paredes impermeables y dispositivos que permitan controlar la fuga de lixiviados.

Es por lo que hemos reclamado al Principado que cualquier lodos contaminado que se saque de los puertos se debe verter a un vertedero autorizado o en su defecto a unas fincas preparadas que deben tener al menos:

       Paredes impermeables.

       Que tengan dispositivos que permitan controlar la fuga de lixiviados.

       Fincas que deben tener estudios hidrogeológicos, geológicos, infiltración  que garanticen que no haya riesgo de filtración de los contaminantes en el subsuelo.

Los atajos no existen para los residuos peligrosos ni el Principado ni los Ayuntamientos pueden saltarse la ley de Residuos.

         

         

Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

Para más información tfno. 629892624 (Fruti)